sábado, 25 de mayo de 2019

PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Desempleo

Requisitos para cobrar la prestación por desempleo

https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/Cuantias_anuales.html

 Para cualquier duda sobre la prestación de desempleo consulta el enlace 


SMI año 2019: 900 euros/mes 
IPREM año 2019: 537,84 euros/mes

NOTA IMPORTANTE, aunque el SMI haya aumentado de manera considerable en el año 2019, el IPREM que se utiliza de referencia para conocer los importes máximos y mínimos de la cuantía de la prestación por desempleo no ha variado, por lo que se mantienen las cuantías de 2018. 

  • Tener cotizado por desempleo un período mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
  • Estos trabajadores deberán solicitarlo en un plazo de 15 días hábiles desde que se produce la situación legal de desempleo, suscribiendo el compromiso de actividad. Solicitado el paro fuera de plazo, perderá el dinero proporcional a dicho retraso.

Duración del paro

   Hay que cotizar un mínimo de 360 días para tener derecho a la prestación por desempleo en los últimos seis años.
   El periodo mínimo de derecho a la prestación por desempleo en su nivel contributivo, es de 6 meses con un máximo de dos años en función del periodo de cotización como se indica en la siguiente tabla:
Periodo de cotización (días)Días de derecho a prestación por desempleo
De 360 a 539120
De 540 a 719180
De 720 a 899240
De 900 a 1079300
De 1080 a 1259360
De 1260 a 1439420
De 1440 a 1619480
De 1620 a 1799540
De 1800 a 1979600
De 1980 a 2159660
Desde 2160720

Consideraciones a tener en cuenta

  • Sólo se podrán contabilizar aquellos periodos de cotización que no hayan sido usados para cobrar el paro ni subsidio, es decir que no se hayan computado ya para cobrar el paro, tanto de nivel contributivo como asistencial.
  • El tiempo cotizado correspondiente a tiempo parcial, o a trabajo con jornada reducida se computará como un día cotizado, independientemente de la jornada.
  • El periodo que corresponde a las vacaciones no disfrutadas se computará como periodo de cotización.

Cuantía de la prestación

Para conocer la prestación por desempleo que nos corresponde hay que calcular nuestra base reguladora.
Para ello hay que conocer la cotización por la contingencia por desempleo correspondientes a los últimos 180 días  y dividirla entre 180, en la nómina aparecerá como base contingencias comunes. A los efectos de la base reguladora no se incluirá en la misma las horas extraordinarias.
Una vez conocida la base reguladora, la prestación se calcula de la siguiente manera:
  • El 70% durante los primeros 180 días.
  • El 50% desde el día 181.

Cuantía mínima 2019

No obstante, la prestación por desempleo en ningún caso será inferior a la cuantía siguiente:
  • Con hijos a su cargo (uno o más): 671,40 euros, es decir, el 107 del IPREM más 1/6 del IPREM, indicador de rentas de efectos múltiples.
  • Sin hijos a su cargo: 501,98 euros, es decir, el 80% del IPREM más 1/6 del IPREM.
Fórmula= 107% o 80% x (IPREM + 1/6 IPREM)

Cuantía máxima 2019

Por otro lado también existe un límite de cuantía máxima:
  • Con hijos a su cargo: 200% si sólo tiene uno, y 225% si tiene más de uno del IPREM más 1/6 del IPREM.
    • Un hijo a su cargo: 1254,96 euros.
    • Dos ó más hijos a su cargo: 1411,83 euros
    • Sin hijos a su cargo: 1089,09, es decir, el 175% del IPREM más 1/6 del IPREM.
Fórmula= 175% o 225% x (IPREM + 1/6 IPREM)
Se considera hijos a su cargo, cuando estos cumplan unas determinados requisitos:
  • Sean menores de 26 años o mayores con una incapacidad en grado igual o superior al 33%.
  • Convivan con el beneficiario o tenga la obligación legal en virtud de una resolución judicial o un convenio sostener económicamente al hijo.
  • Carezcan de rentas iguales o superiores al SMI.

No hay comentarios:

Publicar un comentario